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lunes, 24 de noviembre de 2014

ART Información para tener en cuenta

¿Qué función cumple el seguro de ART?

Se activa cuando un trabajador en relación de dependencia sufre un accidente derivado de su labor. Es importante saber que, el accidente puede ocurrir en el establecimiento así como también in itinere, es decir, desde el lugar de trabajo hacia su casa, o viceversa.
Por ley, el empleador deberá cubrir todos los gastos que el accidente laboral le genere al empleado. Para este tipo de gastos es que existe la cobertura de ART para cada uno de los empleados.

¿Estoy alcanzado por la Ley de Riesgos de Trabajo?

Las siguientes personas se encuentran dentro del amparo de la Ley de Riesgos de Trabajo y sus patrones deberán contrar un seguro en alguna ART.
  • Funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipios y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
  • Trabajadores domésticos en relación de dependencia
  • Trabajadores autónomos (falta reglamentar su implementación)
  • Trabajadores vinculados por contrato de pasantías y becas.

Coberturas de ART

La ART cubre dos tipos de contingencias laborales:
  • Accidente de Trabajo
  • Enfermedad Profesional

Accidente del trabajo: Será cualquier acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo que produce un daño psíquico y/o físico verificable en la salud del trabajador, que lo incapacita para cumplir con su trabajo habitual. Asimismo, los ocurridos “in itinere” aquellos que se producen en el trayecto directo y habitual entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo

Enfermedad profesional: A diferencia del accidente de trabajo, de una patología adquirida por el trabajador dentro del ambiente laboral que por las características y modalidad de la tarea realizada, produce un daño psíquico y/o físico en su salud y lo incapacita para cumplir con su trabajo habitual. Conozca el listado de enfermedades profesionales de ART actualizado.

¿Cómo calcular la indemnización de la ART?
Para poder calcular la indemnización de la ART, veamos el caso de que un empleado sufra un accidente de trabajo y éste le genere una incapacidad. Claro está que no siempre el accidente es fatal y por lo cual debe ser medido y calculado el grado de incapacidad que le ha dejado de regalo este accidente.
En concreto, se dice que existe incapacidad cuando el daño es tal que el trabajador no podrá utilizar al 100% de su fuerza de trabajo.

Incapacidad determinada – hasta el 49,99% Incapacidad Laboral Permanente Parcial

  • Pago único: el trabajador recibe un pago único dada su incapacidad, por no ser total
  • Cálculo de la indemnización de la ART: 53 x Ingreso Base Mensual x % de incapacidad x 65 / edad.
  • Provisionalidad: No se aplica la provisionalidad en este tipo de incapacidad
  • Tope Mínimo: la indemnización de la ART no podrá ser inferior al resultado de 620.414 pesos por el porcentaje de incapacidad.
  • Adicional por daños morales y psicológicos: 20% sobre la indemnización determinada.

Incapacidad determinada – entre el 50-65,99% Incapacidad Laboral Provisoria Parcial

  • Tiempo: 36 meses desde la declaración de incapacidad por la Comisión Médica, extensible hasta por 24 meses más.
  • Tipo de pago: mensual.
  • Cálculo de la indemnización de la ART: 100% del Ingreso Base Mensual x % de incapacidad + Asignaciones Familiares

Incapacidad determinada – entre el 50-65,99% Definitiva Parcial

  • Tipo de pago: Renta periódica (de carácter vitalicio) – Se suele pagar en una exhibición.
  • Cálculo de la indemnización de la ART: 100% del Ingreso Base Mensual x % de incapacidad + Asignaciones Familiares.
  • Tope mínimo: nunca podrá ser inferior a los 521.883 pesos por el porcentaje de incapacidad.
  • Prestación adicional de pago único de: 275.740 pesos.
  • Adicional por daños morales y psicológicos: 20% sobre la indemnización determinada.

Incapacidad determinada –  66% o más Provisoria Total

  • Se abonará por unos 36 meses desde la declaración de incapacidad por la Comisión Médica, extensible por 24 meses más.
  • Pago Mensual
  • Cálculo de la indemnización de la ART: 70% del Ingreso Base Mensual + Asignaciones Familiares.

Incapacidad determinada – 66% o más Definitiva Total

  • Tipo de Pago: Renta periódica (de carácter vitalicio) – Se suele pagar en una exhibición.
  • Cálculo de la Indemnización: 53 x Ingreso Base Mensual x 65/ edad.
  • Tope mínimo: 620.414 pesos por el porcentaje de incapacidad.
  • Provisionalidad: percibirá la prestación provisional.
  • Prestación adicional de pago único: 344.675 pesos.
  • Adicional por daños morales y psicológicos: 20% sobre la indemnización determinada.

Gran Invalidez

Este es un caso aparte, dado que existe Gran Invalidez siempre y cuando la situación de incapacidad laboral sea permanente total y necesite la asistencia continua de otra persona para realizar los actos elementales de su vida.

Incapacidad determinada – Gran Invalidez Provisoria

  • Cálculo de la indemnización de la ART: 70% del Ingreso Base Mensual + Asignaciones Familiares. + 3 Mo.Pre (Previamente AMPO).

Incapacidad determinada – Gran Invalidez Definitiva

  • Tipo de Pago: Renta periódica (de carácter vitalicio)
  • Cálculo de la indemnización de la ART: 53 x Ingreso Base Mensual x 65/ edad + 3 Mo.Pre
  • Tope mínimo: 620.414 pesos por el porcentaje de incapacidad.
  • Provisionalidad: percibirá la prestación provisional.
  • Prestación adicional de pago único: 289.935 pesos.
  • Adicional por daños morales y psicológicos: 20% sobre la indemnización determinada.

Fallecimiento

Este es otro caso separado de los anteriores, dado que implica la manutención de sus herederos y personas a cargo.
  • Tipo de pago: Renta periódica.
  • Cálculo de la indemnización: 53 x Ingreso Base Mensual x 65/edad.
  • Provisionalidad: Se percibirá la renta prevista en el régimen provisional.
  • Prestación adicional de pago único: 413.610 pesos.
  • Adicional por daños morales y psicológicos: 20% sobre la indemnización determinada.
¿Cómo determinar el Ingreso Base Mensual?
Para poder determinar el ingreso base mensual, debemos dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes (conceptos remunerativos), de los 12 meses anteriores al accidente, por el total de días del año. Si el tiempo de trabajo es menos a un año, se divide por el número de días corridos trabajados.
Tras obtener el valor de nuestro salario diario, el Ingreso Base Mensual se obtiene al multiplicar la cantidad obtenida según el párrafo anterior por el factor 30.4.

Reforma de la Ley de ART

A fines del año pasado, se ha modificado y reformado la ley de ART. Sus principales cambios fueron:

Eliminación de la “doble vía”

Lo que anteriormente sucedía era que el trabajador podía acordar una cierta suma con la ART luego no podrá realizar un reclamo por vía judicial. Claro está que era un punto que perjudicaba al trabajador que muchas veces se encontraba en inferioridad de condiciones y debía aceptar lo que la ART le daba y eso era lo último que veía en materia indemnizatoria. Ahora, podrá reclamar a ambas partes y cobrar lo que realmente merece.

Incremento de la indemnización de la ART

La ley fija un tope mínimo de indemnización de la ART para el empleado, esta no puede tener en cuenta todas las situación agravantes como los atenuantes que existan en cada caso ya que las circunstancias entre un caso y otro pueden diferir en gran medida y no es el espíritu de la ley

Aumento de la prima

Elevará la actual alícuota promedio del sistema del 3,1% al 3,59% de la masa salarial de cada empresa

Ajuste de indemnizaciones

Todas las indemnizaciones se ajustarán semestralmente por RIPTE, (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), que es el índice que mejor refleja la evolución de los salarios.

Régimen de “opción excluyente”

Entre la indemnización establecida por la ley o la demanda judicial. Se establece un plazo de 15 días a partir del accidente como máximo para que el trabajador cobre la indemnización.