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Delegados

Acompañando los reclamos de los compañeros.

Fotos

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jueves, 1 de diciembre de 2011

TITULO IV

DE LA REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR

martes, 1 de noviembre de 2011

TITULO V

 DE LAS VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS

sábado, 1 de octubre de 2011

TITULO VI

DE LOS FERIADOS OBLIGATORIOS Y DÍAS NO LABORABLES

jueves, 1 de septiembre de 2011

TITULO VII

TRABAJO DE MUJERES

lunes, 1 de agosto de 2011

TITULO VIII

DEL TRABAJO DE LOS MENORES

viernes, 1 de julio de 2011

TITULO IX

LA DURACIÓN DEL TRABAJO Y DESCANSO SEMANAL

miércoles, 1 de junio de 2011

TITULO X

SUSPENSIÓN DE CIERTOS EFECTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

jueves, 26 de mayo de 2011

ESCALAS 2011

domingo, 1 de mayo de 2011

TITULO XI

DE LA TRANSFERENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO

viernes, 1 de abril de 2011

TITULO XII


DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

miércoles, 9 de marzo de 2011

Seguro de Retiro La Estrella

Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.

El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.

Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben  pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente  la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.

Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.

El Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales.


Documentación Requerida:

  • Formulario de Rescate ACÁ
  • Fotocopia del DNI
  • Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
  • Recibo con la liquidación final


Mandar por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.

Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.

Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente.


Mas información www.laestrellaretiro.com.ar

martes, 1 de marzo de 2011

TITULO XIII

DE LA PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD

martes, 1 de febrero de 2011

TITULO XIV


DE LOS PRIVILEGIOS

sábado, 1 de enero de 2011

TITULO XV

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS